Disposición transitoria segunda. Suscripción y desembolso del capital.
Disposición transitoria segunda de la Ley 4/2005, de 8 de julio, de reordenación del sector público empresarial de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2005-13471
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-17.
Texto consolidado
El Consejo de Gobierno, junto con la aprobación de los Estatutos sociales, acordará la suscripción del capital social inicial y los plazos de desembolso del mismo.