Disposición transitoria segunda. Regulación del Consejo de Bibliotecas.
Disposición transitoria segunda de la Ley 4/1993, de 18 de marzo, del sistema bibliotecario de Cataluña. · BOE-A-1993-10384
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-04-18.
Texto consolidado
Mientras el Gobierno de la Generalidad no estructure el Consejo de Bibliotecas y regule su funcionamiento, seguirá vigente el Decreto 178/1988, de 19 de julio, por el que se estructura el Consejo de Bibliotecas y se regula su funcionamiento.