Disposición transitoria segunda. Puesta en marcha del sistema de verificación de la identidad de personas físicas.
Disposición transitoria segunda de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón. · BOE-A-2011-6241
Atención: Ley 3/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Hasta el momento que se habiliten los medios que permitan la comprobación de los datos de identificación personal en actos formales o públicos de apertura de los sobres con las proposiciones de los licitadores, se deberá seguir aportando fotocopia de la documentación acreditativa de la identidad de las personas físicas.
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- Ver la norma completa: Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.