Disposición transitoria segunda. Tratamiento de los contratos actuales de regasificación y carga de cisternas y localización de existencias de GNL.
Disposición transitoria segunda de la Circular 8/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural. · BOE-A-2019-18397
Atención: Circular 8/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los titulares de contratos de capacidad de regasificación, carga de cisternas y entrada a PVB desde planta de regasificación firmados con anterioridad a la fecha de publicación de esta circular podrán mantenerlos hasta el final del periodo contratado, o renunciar a los mismos a partir del 1 de abril de 2020, comunicando dicha renuncia en un plazo inferior a un mes desde la publicación de la circular. A partir de la señalada fecha de 1 de abril de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020, los contratos de regasificación y carga de cisternas que mantengan los usuarios no darán derecho a la descarga de GNL, pudiendo contratar la misma de conformidad con la disposición transitoria tercera. Desde el 1 de octubre de 2020, los contratos de regasificación y carga de cisternas que mantengan los usuarios no darán derecho, en ningún caso, a la descarga y el almacenamiento de GNL, debiendo contratarse, en su caso, dichos servicios de descarga y almacenamiento de manera independiente.
A partir de la fecha de entrada en vigor de esta circular, las existencias de GNL se considerarán ubicadas en el Tanque Virtual de Balance y la capacidad de regasificación contratada no estará vinculada a ninguna planta en particular, de modo que ambos servicios se prestarán de forma no localizada.
Más artículos de Circular 8/2019
- ← Disposición transitoria primera. Traspaso de contratos de capacidad de regasificación y entrada al Punto Virtual de B…
- → Disposición transitoria tercera. Procedimiento transitorio de asignación de capacidad a aplicar hasta el 30 de septie…
- Ver la norma completa: Circular 8/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural.