Disposición transitoria.
Disposición transitoria de la Resolución de 9 de julio de 1996, de la Dirección General de Política Comercial e Inversiones Exteriores, por la que se dictan normas para la aplicación de los artículos 4.º, 5.º, 7.º y 10 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 27 de diciembre de 1991, sobre transacciones económicas con el exterior. · BOE-A-1996-15872
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-07-13.
Texto consolidado
Hasta tanto entren en vigor los impresos B1 de importación, B1 de exportación y B3, a que se refiere la presente Resolución, se continuarán utilizando los actuales impresos B1 y B3, efectuando su tramitación de acuerdo con las normas contenidas en la presente Resolución y las que, en su caso, se dicten en su aplicación por el Banco de España, quedando sin efecto el impreso B2.
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