Disposición transitoria quinta.
Disposición transitoria quinta del Real Decreto 1324/1995, de 28 de julio, por el que se establece el Estatuto del personal del Centro Superior de Información de la Defensa. · BOE-A-1995-19847
Atención: Real Decreto 1324/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Al personal del Centro que a la entrada en vigor del presente Real Decreto se encuentren en cualesquiera de las situaciones de excedencia o licencia contempladas en su normativa de procedencia, se le ofrecerá la posibilidad de incorporarse al Régimen Estatutario. Dicho personal podrá ejercitar esta opción dentro de los plazos que tengan concedidos en dichas situaciones.