Disposición transitoria quinta. Mandato marco.
Disposición transitoria quinta de la Ley 9/2011, de 9 de noviembre, de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia. · BOE-A-2012-549
Atención: Ley 9/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El primer mandato marco previsto en el artículo 32 de la presente ley será tramitado y aprobado por el Parlamento de Galicia en los plazos previstos para la primera elección de la directora o director general y demás miembros del consejo de administración.
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