Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio en materia de distancias a aplicar a la instalación de establecimientos de juego.
Disposición transitoria quinta de la Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia. · BOE-A-2023-19355
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-06.
Texto consolidado
Quedan exceptuados del cumplimiento de las distancias establecidas en el artículo 29.3 de la presente ley aquellos establecimientos de juego con autorización vigente en el momento de su entrada en vigor, salvo en los supuestos de cambio de ubicación del establecimiento.
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