Disposición transitoria quinta. Autorización de instalaciones porcinas o sus ampliaciones que se encuentran en trámite.
Disposición transitoria quinta de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor. · BOE-A-2020-9793
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-02.
Texto consolidado
Las restricción a las nuevas explotaciones porcinas o sus ampliaciones establecidas en el artículo 55, no serán de aplicación a los procedimientos de autorización ambiental o ganadera de instalaciones porcinas, o de ampliación de instalaciones existentes, que se encuentren en trámite a la entrada en vigor de esta ley.
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