Disposición transitoria primera. Resoluciones concursales anteriores a este real decreto.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 892/2013, de 15 de noviembre, por el que se regula el Registro Público Concursal. · BOE-A-2013-12630
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-03.
Texto consolidado
1. El Ministerio de Justicia adoptará las medidas necesarias para incluir en el Registro Público Concursal el contenido de las resoluciones concursales correspondientes a procesos que no hayan terminado en la fecha de su entrada en vigor.
2. Hasta la implantación definitiva del Registro Público Concursal seguirá subsistente el sistema de publicidad concursal regulado en el Real Decreto 685/2005, de 10 de junio.