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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 888/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba la norma general sobre recipientes que contengan productos alimenticios frescos, de carácter perecedero, no envasados o envueltos. · BOE-A-1988-19396

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-02-05.

Texto consolidado

Los recipientes reutilizables fabricados con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma general, durante el resto de su vida útil deberán consignar las indicaciones del artículo 7, mediante una etiqueta debidamente adherida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-02-05.

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