Disposición transitoria primera. Emisión de certificados de aeronavegabilidad especiales.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 660/2001, de 22 de junio, por el que se regula la certificación de las aeronaves civiles y de los productos y piezas relacionados con ellas. · BOE-A-2001-13367
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-11.
Texto consolidado
En tanto no se acuerden por las Autoridades Aeronáuticas Conjuntas las reglas JAR-21 relativas a la emisión de certificados de aeronavegabilidad especiales, a incluir en la subparte H-certificados de aeronavegabilidad, y tales reglas sean incorporadas válidamente al ordenamiento jurídico español, las correspondientes solicitudes se seguirán resolviendo de conformidad con las normas de aplicación en España sobre dicha emisión.
Más artículos de Real Decreto 660/2001
- ← Disposición adicional única. Aprobación de organizaciones no elegibles según las reglas JAR-21 o no previstas en las …
- → Disposición transitoria segunda. Remisión a otras normas.
- Ver la norma completa: Real Decreto 660/2001, de 22 de junio, por el que se regula la certificación de las aeronaves civiles y de los productos y piezas relacionados con ellas.