Disposición transitoria primera. Prácticos de atraques otorgados en concesión.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 393/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de Practicaje, de conformidad con lo establecido en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. · BOE-A-1996-6171
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-04-05.
Texto consolidado
Los prácticos amarradores de atraques otorgados a particulares en régimen de concesión cuyo nombramiento haya sido efectuado con anterioridad a la entrada en vigor de este Reglamento, se considerarán habilitados para la prestación de las actividades a que se refiere el artículo 11.
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