El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición transitoria primera. Validez de las homologaciones en vigor.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 339/2014, de 9 de mayo, por el que se establecen los requisitos para la comercialización y puesta en servicio de las bicicletas y otros ciclos y de sus partes y piezas, y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. · BOE-A-2014-5399

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-22.

Texto consolidado

Las homologaciones concedidas con arreglo al Real Decreto 2406/1985, de 20 de noviembre, por el que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de las bicicletas y sus partes y piezas y su homologación, por el Ministerio de Industria y Energía, seguirán siendo válidas a partir de la entrada en vigor del presente real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-11-22.

Más artículos de Real Decreto 339/2014

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 339/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.