Disposición transitoria primera. Colegios no coincidentes con demarcaciones de Comunidades Autónomas.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 327/2002, de 5 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos y su Consejo Superior. · BOE-A-2002-7587
Atención: Real Decreto 327/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los Colegios no coincidentes con la demarcación de las Comunidades Autónomas que se encuentran constituidos a la entrada en vigor de estos Estatutos, conservarán su propia representación en el Consejo Superior mientras no se constituya el correspondiente Consejo Autonómico de Colegios.
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