Disposición transitoria primera. Plazos de presentación de programas de promoción en mercados de terceros países en 2009.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español. · BOE-A-2009-3428
Atención: Real Decreto 244/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo máximo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente real decreto, los interesados podrán presentar las propuestas de programas a las Comunidades Autónomas.
Las Comunidades Autónomas deberán remitir al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino los programas seleccionados según el procedimiento establecido en el artículo 9, en el plazo de 30 días hábiles desde el final del plazo establecido en el párrafo anterior.
Se podrán aceptar las acciones llevadas a cabo desde el día 1 de enero de 2009.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español.