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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria primera. Convenios de cofinanciación.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 163/2025, de 4 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2025-2026, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. · BOE-A-2025-4320

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-06.

Texto consolidado

Excepcionalmente para el curso 2025-2026, las Comunidades Autónomas que hayan iniciado la negociación para el traspaso de las funciones y servicios en materia de gestión de becas y ayudas al estudio personalizadas, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, podrán acordar, a través de un convenio con el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la convocatoria y la cofinanciación con cargo a sus propios presupuestos del 50 por ciento de las becas que se concedan al estudiantado cuya renta familiar se sitúe dentro de los intervalos fijados en el artículo 8.1.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-03-06.

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