El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición transitoria primera. Zonas de servidumbre acústica.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas. · BOE-A-2007-18397

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-10-24.

Texto consolidado

En tanto no se apruebe el mapa acústico o las servidumbres acústicas procedentes de cada una de las infraestructuras de competencia de la Administración General del Estado, se entenderá por zona de servidumbre acústica de las mismas a efectos de lo dispuesto en este Real Decreto y, especialmente, de sus artículos 10 y 23, el territorio incluido en el entorno de la infraestructura delimitado por los puntos del territorio, o curva isófona en los que se midan los objetivos de calidad acústica que sean de aplicación a las áreas acústicas correspondientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-10-24.

Más artículos de Real Decreto 1367/2007

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1367/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.