Disposición transitoria primera. Vigencia transitoria de normativa anterior.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 1087/2015, de 4 de diciembre, sobre procedimiento, condiciones y alcance del reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente y muerte y supervivencia para el personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado derivado de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. · BOE-A-2015-13436
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-12.
Texto consolidado
Las referencias contenidas en este real decreto a los Equipos de Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social se entenderán hechas a la Comisión de Evaluación de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social en aquellas provincias donde aún no se han constituido los referidos equipos y hasta tanto se constituyan y entren en funcionamiento.
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