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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera del Real Decreto 1044/1987, de 31 de julio, por el que se regula la elaboración de zumos de uva en armonización con la normativa comunitaria. · BOE-A-1987-20232

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-08-30.

Texto consolidado

La cantidad máxima de anhídrido sulfuroso a que se refiere el artículo 2.º, c), se amplía a 25 miligramos por litro durante los tres años siguientes a la fecha de entrada en vigor de esta disposición.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-08-30.

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