Disposición transitoria primera. Elección de los miembros de la Asamblea General.
Disposición transitoria primera del Real Decreto 1001/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas. · BOE-A-2002-19488
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-10.
Texto consolidado
Los Consejeros electivos en la Asamblea General de una Comunidad Autónoma donde no exista un Colegio Profesional u Oficial de ámbito autonómico, ni Consejo Autonómico de Colegios, existiendo únicamente Colegios de ámbito provincial, serán designados por las juntas de gobierno de estos Colegios Profesionales u Oficiales provinciales, en la forma que se establezca en sus respectivos Estatutos o que acuerden entre ellos.
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