Disposición transitoria primera. Láminas plásticas instaladas.
Disposición transitoria primera de la Orden ITC/1992/2010, de 14 de julio, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de seguridad y materiales para acristalamiento de los vehículos en servicio. · BOE-A-2010-11822
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-24.
Texto consolidado
Las láminas plásticas instaladas de conformidad con lo establecido en la Orden del Ministerio de Ciencia y Tecnología de 6 de junio de 2001, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de las ventanas laterales traseras y a los de la luneta trasera de los vehículos de motor en servicio, seguirán siendo válidas mientras mantengan sus características de fijación sobre los vidrios.
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