Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Orden de 4 de septiembre de 1997 por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Cruz Roja Española. · BOE-A-1997-19945
Atención: BOE-A-1997-19945 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses, contados a partir de la publicación de los presentes Estatutos en el «Boletín Oficial del Estado», el Comité Nacional aprobará el Reglamento General Orgánico, previo informe favorable del Consejo de Protección. Mientras dicho Reglamento no entre en vigor se mantendrá la vigencia del actual, en lo que no se oponga a lo dispuesto en el Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, modificado por Real Decreto 2219/1996, de 11 de octubre, ni a lo establecido en los presentes Estatutos.