Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de Radiocomunicación en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2001-17845
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-30.
Texto consolidado
Las instalaciones existentes en el momento de entrada en vigor de esta Ley se han de adecuar a sus prescripciones dentro del plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la misma.