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Ley Vigente

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 7/1995, de 27 de abril, de Carreteras de Extremadura. · BOE-A-1995-15454

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-06-05.

Texto consolidado

Hasta tanto se dicte el Reglamento de la presente Ley, se aplicará, en lo que no se oponga a la misma, el Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-06-05.

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