Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 5/2017, de 29 de septiembre, por la que se modifica la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal, para recuperar la independencia de la Corporación RTVE y el pluralismo en la elección parlamentaria de sus órganos. · BOE-A-2017-11091
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-01.
Texto consolidado
Con el fin de adaptar la composición del número de miembros del Consejo de Administración de la Corporación RTVE a lo dispuesto en la presente Ley, se procederá en el plazo previsto en la disposición transitoria segunda y tras la posterior aprobación de la normativa correspondiente, a la selección primero de los candidatos y a la posterior elección de un nuevo Consejo de Administración y de un nuevo Presidente de la Corporación RTVE y del Consejo.
Para esta elección de los nuevos cargos, si en una primera votación no se alcanzare la mayoría de dos tercios, estos podrán ser elegidos por mayoría absoluta en votación posterior efectuada en un plazo no inferior a quince días y siempre que su candidatura hubiera sido propuesta por, al menos, la mitad de los grupos parlamentarios de la Cámara que corresponda.
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