Disposición transitoria primera. Remisiones a la ley electoral.
Disposición transitoria primera de la Ley 4/2010, de 17 de marzo, de consultas populares por vía de referéndum. · BOE-A-2010-6105
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-14.
Texto consolidado
Las remisiones que la presente ley hace a la ley electoral, hasta que se apruebe la ley electoral de Cataluña, se entienden hechas a la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general.