Disposición transitoria primera. Adaptación al contenido de la norma.
Disposición transitoria primera de la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2018-3361
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-24.
Texto consolidado
Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura, adaptarán sus actuales Reglamentos de Régimen Interior al contenido de esta ley en el plazo de tres meses desde su entrada en vigor, debiendo dentro de ese plazo presentarlo ante la Consejería competente en materia de comercio para su aprobación.