Disposición transitoria primera. Montes declarados de utilidad pública con anterioridad a esta Ley.
Disposición transitoria primera de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2008-13685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-13.
Texto consolidado
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 de la presente Ley, se consideran incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Castilla-La Mancha los montes declarados de utilidad pública con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley.