Disposición transitoria primera. Renovación de los miembros del Consejo Escolar de La Rioja.
Disposición transitoria primera de la Ley 3/2004, de 25 de junio, de Consejos Escolares de La Rioja. · BOE-A-2004-13062
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-07-21.
Texto consolidado
La renovación de los miembros del Consejo Escolar de La Rioja se efectuará en el plazo de tres meses, contados a partir del día siguiente de la entrada en vigor de la presente Ley, de acuerdo con los criterios de distribución sectorial de la misma.