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Ley Derogada

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 3/1997, de 7 de abril, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación. · BOE-A-1997-9500

Atención: Ley 3/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las normas de accesibilidad previstas en la presente Ley no serán de aplicación a las urbanizaciones y edificios que en la fecha de su entrada en vigor se hallen visadas por el colegio oficial correspondiente o en fase de construcción, o cuyos proyectos hayan sido aprobados por la Administración, ni a los que tengan concedidas licencia para su edificación, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en la normativa en vigor sobre eliminación de barreras arquitectónicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-05-08.

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