El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición transitoria primera.

Disposición transitoria primera de la Ley 2/2001, de 2 de julio, de creación del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de la Región de Murcia. · BOE-A-2001-18798

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-20.

Texto consolidado

La Asociación Profesional de Protésicos Dentales de Murcia, designará una comisión gestora que, en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, deberá aprobar los estatutos provisionales del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de la Región de Murcia.

En los estatutos provisionales, que deberán ser aprobados por la Consejería competente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia como garantía de legalidad, se regulará el censo de protésicos dentales de la Región de Murcia, así como la convocatoria y el funcionamiento de la asamblea colegial constituyente, de la que formarán parte todos los profesionales que, conforme a lo dispuesto en la presente Ley, puedan adquirir la condición de colegiados y se inscriban en el censo citado anteriormente. La convocatoria deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y en dos periódicos de amplia difusión regional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-20.

Más artículos de Ley 2/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.