Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-19108
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-30.
Texto consolidado
Se integran en la Escala de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, los funcionarios de carrera procedentes del cuerpo especial de Guardería Forestal del Estado, los procedentes de la Escala de Guardería Forestal del ICONA, así como aquellos que con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley hayan adquirido, mediante procedimiento legal, la condición de funcionarios de cartera como Agentes Forestales.