Disposición transitoria primera. Disolución del consorcio Turismo de Cataluña.
Disposición transitoria primera de la Ley 15/2007, de 5 de diciembre, de la Agencia Catalana de Turismo. · BOE-A-2008-757
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-18.
Texto consolidado
El consorcio Turismo de Cataluña se disuelve en el momento de constitución de la Agencia Catalana de Turismo, la cual se subroga en la titularidad de los bienes, los derechos y las obligaciones del consorcio, tanto en Cataluña como en el exterior. El consorcio Turismo de Cataluña mantiene su estructura, composición y funciones hasta que se constituya la Agencia Catalana de Turismo.