Disposición transitoria primera. Servicios agregados ya asignados.
Disposición transitoria primera de la Circular 2/2025, de 9 de abril, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural. · BOE-A-2025-7661
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-01.
Texto consolidado
Los servicios agregados asignados con carácter previo a la entrada en vigor de esta circular podrán seguir prestándose, en las condiciones en que se hubiesen contratado, incluyendo la flexibilidad de su uso, hasta su fecha de finalización.
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