Disposición transitoria octava. Medida transitoria para solicitar la aprobación de un modelo interno de grupo aplicable a una parte del grupo.
Disposición transitoria octava del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. · BOE-A-2015-13057
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Una entidad aseguradora o reaseguradora que sea matriz última podrá solicitar a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, hasta el 31 de marzo de 2022, la aprobación de un modelo interno de grupo aplicable a una parte del mismo cuando tanto la entidad a la que le aplique como la matriz última estén situadas en España y dicha parte constituya una fracción diferenciada con un perfil de riesgo sustancialmente distinto al del resto del grupo.
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