Disposición transitoria octava.
Disposición transitoria octava de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del juego y apuestas, de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-1986-14184
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-05-15.
Texto consolidado
El régimen de infracciones y sanciones administrativas regulado en esta Ley se aplicará únicamente a los hechos cometidos a partir de la entrada en vigor de la misma, aplicándose en los expedientes en tramitación el derecho sancionador a la referida entrada en vigor.