Disposición transitoria novena. Prórroga de disposiciones de la Ley 21/1986, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.
Disposición transitoria novena de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988. · BOE-A-1987-28404
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-01-01.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo cuarenta y seis de la presente Ley, se prorroga para el año 1988 lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.
Téngase en cuenta que se prorroga para el año 1989 lo establecido en esta disposición, según indica la disposición transitoria 5 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 38 de la citada Ley. Ref. BOE-A-1988-29563#dt-5
Se prorroga para el año 1989 por la disposición transitoria 5 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 38 de la citada Ley. Ref. BOE-A-1988-29563#dt-5
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989..