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Ley Foral Vigente

Disposición transitoria.

Disposición transitoria de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del vascuence. · BOE-A-1987-1257

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-18.

Texto consolidado

En el plazo de tres meses, el Gobierno de Navarra creará la unidad administrativa de traducción oficial vascuence-castellano a que se refiere el artículo 9.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-12-18.

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