Disposición transitoria.
Disposición transitoria de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del vascuence. · BOE-A-1987-1257
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-18.
Texto consolidado
En el plazo de tres meses, el Gobierno de Navarra creará la unidad administrativa de traducción oficial vascuence-castellano a que se refiere el artículo 9.