Disposición transitoria decimosexta.
Disposición transitoria decimosexta del Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. · BOE-A-1989-29127
Atención: Real Decreto 1471/1989 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Extinguidas las concesiones otorgadas con anterioridad a la Ley de Costas, y que no resulten contrarias a lo dispuesto en ella la Administración competente resolverá sobre el mantenimiento o levantamiento de las instalaciones. En caso de que se opte por el mantenimiento será de aplicación lo previsto en los artículos 72.3 de la citada Ley y 144.1 de este Reglamento (disposición transitoria sexta, 2, de la Ley de Costas).