Disposición transitoria décima. Ascensos durante el periodo de incorporación a las escalas de oficiales.
Disposición transitoria décima del Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería. · BOE-A-2009-2508
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-15.
Texto consolidado
1. A los comandantes, capitanes y tenientes de las escalas de oficiales de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, que no hayan renunciado a su incorporación a las escalas de oficiales reguladas en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, y que durante el proceso de incorporación a dichas escalas les pudiera corresponder el ascenso al empleo superior en su escala de origen, se les suspenderá temporalmente dicho ascenso hasta la finalización, por parte del interesado, del proceso de incorporación iniciado.
2. Finalizado el proceso de incorporación a estas escalas, si la misma no se produce, continuarán en su escala de origen, concediéndoles el ascenso que les hubiera correspondido con los efectos que en su momento le fueran inherentes.
Más artículos de Real Decreto 168/2009
- ← Disposición transitoria novena. Evaluaciones para el ciclo de ascensos 2009-2010.
- → Disposición final primera. Titulaciones requeridas para el ascenso a teniente coronel.
- Ver la norma completa: Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería.