Disposición transitoria cuarta. Limitación temporal al mandato de la Presidencia.
Disposición transitoria cuarta de la Ley 3/2018, de 21 de febrero, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2018-3361
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-24.
Texto consolidado
A los efectos del cómputo del plazo máximo de duración del cargo de la Presidencia previsto en esta ley, sólo se tendrán en cuenta los mandatos ostentados tras su entrada en vigor.