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Real Decreto Derogada

Disposición final única. Desarrollo y entrada en vigor.

Disposición final única del Real Decreto 386/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal. · BOE-A-1996-5557

Atención: Real Decreto 386/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Ministro de Justicia e Interior o el órgano competente de las Comunidades Autónomas podrán dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones pertinentes para el desarrollo y aplicación del presente Real Decreto.

2. El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-03-10.

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