Disposición final única. Facultad de aplicación y desarrollo.
Disposición final única del Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras. · BOE-A-1994-20934
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-10-13.
Texto consolidado
Se faculta al Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Reglamento.