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Real Decreto Derogada

Disposición final única. Habilitación normativa.

Disposición final única del Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos. · BOE-A-1997-3976

Atención: Real Decreto 161/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se habilita al Ministro de Economía y Hacienda a desarrollar lo dispuesto en el presente Real Decreto.

2. En particular, el Ministro de Economía y Hacienda, en el marco del Real Decreto 324/1986, de 10 de febrero, por el que se implanta en la Administración del Estado un nuevo sistema de información contable y se reestructura la función de ordenación de pagos, establecerá las instrucciones contables que sirvan de base a la constitución y cancelación de garantías y depósitos en efectivo, a la incautación de cualesquiera de las modalidades de garantía previstas en el Reglamento que aprueba este Real Decreto y a la prescripción de los depósitos constituidos conforme al mismo, realizando las adaptaciones que resulten necesarias al Plan General de Contabilidad Pública, aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 6 de mayo de 1994.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-03-17.

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