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Ley Vigente

Disposición final undécima. Modificaciones y desarrollos normativos.

Disposición final undécima de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. · BOE-A-2015-10727

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-07.

Texto consolidado

1. El Gobierno llevará a cabo las modificaciones y desarrollos normativos que sean necesarios para la ejecución de la presente Ley.

2. El Gobierno, en el plazo de un año a contar desde la publicación de esta Ley en el «Boletín Oficial del Estado», remitirá a las Cortes Generales, para su aprobación, el proyecto de ley que regule la capacitación profesional exigida a los graduados sociales para actuar en los procedimientos laborales y de Seguridad Social de conformidad con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y que determine, entre otros aspectos, el título exigible, la formación especializada y la evaluación a realizar.

A tal efecto y con el fin de elaborar, en el mismo plazo de un año, un estudio sobre los desarrollos normativos necesarios para la adaptación del marco legal que posibilite, en su caso, el acceso de los graduados sociales al sistema de representación técnica gratuita, se constituirá en el plazo de tres meses una comisión mixta formada por el mismo número de representantes del Consejo General de la Abogacía y del Consejo General de Graduados Sociales, de la que formarán parte los expertos, en igual número, que designe el Ministerio de Justicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-10-07.

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