Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera del Real Decreto 73/2016, de 19 de febrero, por el que se desarrolla el régimen de autoliquidación y pago de la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la expedición de certificados o documentos a instancia de parte, y por las inscripciones y anotaciones en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas. · BOE-A-2016-2177
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-03-04.
Texto consolidado
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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