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Real Decreto Vigente

Disposición final tercera. Obtención del certificado y obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética.

Disposición final tercera del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. · BOE-A-2021-9176

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-03.

Texto consolidado

Las obligaciones de obtener el certificado a las que se refieren los artículos 3.1.c), 3.1.d, 3.1.e) y 3.1 f) y de exhibir la etiqueta de eficiencia energética, a la que se refiere el artículo 16.1, deben cumplirse antes de doce meses desde la entrada en vigor de este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-03.

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