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Real Decreto Derogada

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Disposición final tercera del Real Decreto 1888/2000, de 22 de noviembre, por el que se establecen las condiciones de sanidad animal aplicables a los intercambios intracomunitarios y las importaciones de aves de corral y de huevos para incubar, procedentes de países terceros. · BOE-A-2000-23503

Atención: Real Decreto 1888/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-12-23.

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