Disposición final tercera. Habilitación de desarrollo.
Disposición final tercera de la Orden INT/656/2023, de 19 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 175/2022, de 4 de marzo, por el que se desarrollan los derechos de las asociaciones profesionales de guardias civiles, de sus representantes y de los miembros del Consejo de la Guardia Civil elegidos en representación de los miembros del Cuerpo. · BOE-A-2023-14825
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-06-24.
Texto consolidado
Se habilita a la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil a dictar las instrucciones necesarias para la ejecución de esta orden.
Más artículos de Orden INT/656/2023
- ← Disposición final segunda. Modificación de la Orden PRE/266/2015, de 17 de febrero, por la que se establece el modelo…
- → Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Orden INT/656/2023, de 19 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 175/2022, de 4 de marzo, por el que se desarrollan los derechos de las asociaciones profesionales de guardias civiles, de sus representantes y de los miembros del Consejo de la Guardia Civil elegidos en representación de los miembros del Cuerpo.